EL MINISTERIO SE SALTA A ENAC Y LA NORMA DEL IBÉRICO PARA REGULARIZAR CERTIFICACIONES DE UNA EMPRESA SUSPENDIDA.
Las noticias en el sector del cerdo ibérico no paran de sucederse a velocidad de vértigo y con sorpresas incluidas. Si hace pocos dÃas la Entidad Nacional de Acreditaciones (ENAC) retiraba temporalmente la licencia de actividad de inspección a la sociedad Certicalidad, S.L. ahora el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha puesto condiciones a dicha suspensión y rebaja no solo la autoridad de la propia ENAC, sino que igualmente se posiciona en contra del texto legal de la normativa sectorial, encuadrado en el Real Decreto 4/2014.
Las noticias en el sector del cerdo ibérico no paran de sucederse a velocidad de vértigo y con sorpresas incluidas. Si hace pocos días la Entidad Nacional de Acreditaciones (ENAC) retiraba temporalmente la licencia de actividad de inspección a la sociedad Certicalidad, S.L. ahora el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha puesto condiciones a dicha suspensión y rebaja no solo la autoridad de la propia ENAC, sino que igualmente se posiciona en contra del texto legal de la normativa sectorial, encuadrado en el Real Decreto 4/2014. Fuente: agroinformacion.com Fecha: 11.12.2017 Así lo pone de manifiesto la Mesa de Coordinación de la Norma de Calidad del Ibérico, en un documento emitido este lunes 11 de diciembre, (y al que ha tenido acceso agroinformacion.com) bajo el título ‘Medidas a tomar por las
autoridades competentes de las comunidades autónomas ante la suspensión
temporal de la acreditación de una entidad de inspección’. Mediante una notificación administrativa, la Mesa de Coordinación del Ibérico (que preside Fernando Burgaz, Director General de la Industria Alimentaria del Mapama) determina que “de manera excepcional y durante un periodo máximo de 30 días siguientes a la fecha en la que se produjo la suspensión temporal de la entidad de inspección, se podrán emitir informes de raza, edad y alimentación (REAs), siempre y cuando se hayan realizado las visitas de inspección y actuaciones, conforme a lo exigido en la norma de calidad del ibérico y recogidas en el protocolo de inspección, antes de la fecha de suspensión, y el REA pueda ser asumido a los efectos de la consiguiente certificación de producto”. La noticia completa en el siguiente enlace: